La comunidad marcial de Chile debe estar informada respecto de las recientes actuaciones administrativas realizadas por la Dirección General de Movilización Nacional en relación con la aplicación de la Ley N° 18.356 y su reglamento complementario.
Durante los últimos años, la DGMN comenzó a exigir a diversos representantes y maestros de artes marciales del país la denominada “actualización de representación”, obligando en la práctica a presentar nuevamente antecedentes internacionales y documentos que acreditaran la representación de sus respectivas organizaciones y estilos, incluso después de décadas de reconocimiento oficial otorgado por la propia autoridad.
Estas exigencias incluían, entre otras materias:
- Nuevas cartas de representación internacional.
- Certificados actualizados desde el extranjero.
- Traducciones y legalizaciones.
- Renovaciones periódicas cada 5 años.
- Nuevas validaciones administrativas no contempladas en la ley.
Frente a esta situación, nuestro equipo de gestión estimó que dichas exigencias excedían claramente el marco legal vigente, toda vez que:
La Ley N° 18.356 NO establece en ninguna de sus disposiciones la obligación de renovar cada 5 años las representaciones internacionales.
El reglamento complementario tampoco contempla la obligación de volver a acreditar permanentemente representaciones ya reconocidas por la autoridad.
Estas nuevas exigencias vulneran derechos adquiridos de numerosos maestros y representantes que, durante 10, 20, 30 e incluso más de 40 años, han actuado legalmente bajo reconocimientos otorgados por el propio Estado.
Por esta razón, se presentó formalmente un reclamo e impugnación ante la Contraloría General de la República, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad de estas actuaciones administrativas.
Hasta la fecha, aún nos encontramos a la espera de una respuesta oficial de Contraloría.
Sin embargo, mientras dicho pronunciamiento aún no era emitido, la DGMN publicó una nueva Resolución Exenta, modificando parcialmente su criterio anterior y reemplazando las exigencias previas por una nueva obligación:
La presentación anual de una declaración jurada del representante, mediante la cual este debe declarar que mantiene vigente su representación internacional.
Esta nueva resolución constituye, en los hechos, un reconocimiento implícito de que las exigencias anteriores eran excesivas e improcedentes.
No obstante, nuevamente se intenta imponer un requisito que tampoco se encuentra establecido en la Ley N° 18.356 ni en su reglamento.
La situación resulta especialmente grave por varias razones:
- Muchos maestros extranjeros que otorgaron representaciones han fallecido hace años.
- Existen organizaciones históricas cuyos fundadores ya no viven.
- Los representantes chilenos quedarían expuestos a responsabilidades administrativas o incluso sanciones si la autoridad cuestiona posteriormente la validez de una declaración jurada.
- Se establece ahora una obligación anual que jamás ha sido contemplada por la ley.
En consecuencia, nuestro equipo de gestión volvió a presentar una nueva reclamación ante la Contraloría General de la República, impugnando esta nueva resolución administrativa y solicitando nuevamente que se restablezca plenamente el principio de legalidad.
Asimismo, queremos informar a toda la comunidad marcial que:
Diversas resoluciones y decretos exentos dictados por la DGMN en esta materia NO han pasado por el procedimiento de “toma de razón” de Contraloría, pese a establecer exigencias y obligaciones que afectan directamente a los administrados.
Esto ha sido parte central de nuestras presentaciones jurídicas y administrativas.
También es importante señalar que, producto de las múltiples denuncias, reclamaciones y cuestionamientos efectuados respecto de estas irregularidades administrativas:
- El jefe de la Sección de Artes Marciales de la DGMN fue removido de su cargo.
- Posteriormente, la propia DGMN debió modificar la resolución cuestionada.
Todo lo anterior demuestra que las acciones realizadas por nuestro equipo de gestión no solo tenían fundamento jurídico, sino que además han generado efectos concretos y visibles.
Finalmente, informamos a toda la comunidad marcial que continuaremos desarrollando reuniones y gestiones ante distintas autoridades e instancias institucionales, incluyendo próximas reuniones en el Senado de la República, con el objeto de:
- Defender los derechos adquiridos de maestros y representantes.
- Terminar con exigencias administrativas fuera de la ley.
- Restablecer plenamente el principio de legalidad.
- Continuar impulsando los cambios legislativos actualmente en discusión respecto de la Ley N° 18.356.
- Y lograr la derogación de la ley en comento.
Agradecemos el apoyo y confianza de todos quienes han seguido este proceso y reiteramos nuestro compromiso con la defensa seria, jurídica y responsable de toda la comunidad marcial de Chile.
Además, queremos señalar a toda la comunidad marcial que este trabajo y gestiones continúan desarrollándose de manera permanente junto a distintas autoridades parlamentarias y actores institucionales, entre ellos el diputado Roberto Arroyo y diversos senadores de la República, en un trabajo transversal y amplio.
Nuestra labor no responde a ideologías políticas ni intereses partidistas.
Nos mueve únicamente el deseo de que exista justicia, legalidad e igualdad ante la ley para toda la comunidad marcial chilena.
Durante más de 41 años, numerosos maestros, instructores y representantes han debido enfrentar exigencias administrativas, cobros y requisitos que, en muchos casos, exceden lo que la propia ley establece.
Por ello, seguiremos trabajando de manera seria, jurídica y responsable ante las distintas instituciones del Estado, buscando:
- El respeto irrestricto al principio de legalidad.
- La protección de los derechos adquiridos.
- El término de exigencias administrativas improcedentes.
- Un marco regulatorio moderno, justo y acorde a la realidad deportiva y marcial del país.
Reiteramos que este proceso continuará desarrollándose dentro de los canales institucionales y democráticos correspondientes, siempre con respeto, responsabilidad y firmeza jurídica.
Equipo de gestión
Derogación ley 18356.













