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Cuando la Justicia Habla: La Absolución que Reivindica el Deber y la Ley

En medio de uno de los episodios más convulsionados de la historia reciente de Chile, donde la violencia, la tensión social y el juicio público muchas veces antecedieron a los tribunales, la Justicia volvió...

Cuando la Justicia Habla: La Absolución que Reivindica el Deber y la Ley

En medio de uno de los episodios más convulsionados de la historia reciente de Chile, donde la violencia, la tensión social y el juicio público muchas veces antecedieron a los tribunales, la Justicia volvió a recordar un principio esencial del Estado de Derecho: nadie es culpable mientras no se pruebe lo contrario.

El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago resolvió absolver al exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo, quien fue acusado por el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves o gravísimas en el caso de Gustavo Gatica, ocurrido durante las protestas del año 2019. Una causa emblemática, marcada por una fuerte carga emocional, presión mediática y división social.

Durante el juicio, el Ministerio Público solicitó una pena de 12 años de presidio efectivo, imputando a Crespo la responsabilidad directa en los disparos que derivaron en la pérdida total de visión de Gatica. Sin embargo, tras un exhaustivo análisis de la prueba rendida en estrados, el tribunal concluyó que no fue posible acreditar su participación como autor del delito imputado.

La sentencia fue clara y categórica. En los fundamentos del fallo, la magistrada estableció que Gustavo Gatica portaba piedras al momento de los hechos, y que el uso de la escopeta antidisturbios se encontraba dentro de los medios autorizados por la normativa vigente para el control del orden público, siempre bajo el principio de fuerza gradual, el cual rige el actuar policial en escenarios de alta conflictividad.

Así lo expresó la jueza Cristina Cabello, presidenta del tribunal, al señalar con precisión jurídica que

“No es posible atribuirle participación en calidad de autor de un delito de apremios ilegítimos”,
dejando establecido que la conducta del entonces oficial estuvo amparada por la ley y se enmarcó dentro de sus funciones operativas.

Mientras en el frontis del Centro de Justicia se manifestaban adherentes de uno y otro lado —unos clamando justicia para Gatica, otros defendiendo la honra del oficial—, en la sala se impuso el peso de la evidencia, la objetividad del derecho y la independencia del Poder Judicial.

Esta absolución no borra el dolor de las víctimas ni desconoce la complejidad de los hechos ocurridos en 2019, pero sí reivindica el valor del debido proceso, protege la honra de un funcionario que actuó bajo mandato legal y recuerda que la Justicia no se construye desde la consigna ni desde la calle, sino desde la prueba y la ley.

Para el Teniente Coronel Claudio Crespo, el fallo marca el cierre de un largo y duro proceso judicial, donde su nombre, su carrera y su vocación de servicio fueron puestos en tela de juicio. Hoy, es el propio Estado de Derecho el que restituye su dignidad, reafirmando que cumplir el deber, incluso en los momentos más difíciles, no puede ser castigado cuando se actúa dentro del marco legal.

Porque en democracia, la justicia verdadera no busca culpables a toda costa, sino la verdad, la responsabilidad y el respeto irrestricto a la ley.

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